Suscríbete gratis al podcast: Suscríbete en Spotify
Esta semana veremos el nuevo Real Decreto-ley 5/2023, publicado el 28 de junio, el cual incluye varios cambios importantes en lo que respecta al sector laboral. Nos enfocaremos en lo que más podría afectarnos de cara a examen.
Para hacerlo más fácil de entender, vamos a desglosar lo que significa todo esto de los cambios laborales:
- Primero, se refuerza nuestro derecho a equilibrar el trabajo con nuestras vidas personales, algo que a menudo llamamos «conciliación». Esencialmente, esto significa que es más fácil para nosotros ajustar nuestras horas de trabajo para cuidar a nuestros hijos o a personas con discapacidad.
Además, este nuevo reglamento crea un nuevo «permiso parental» que nos da derecho a ocho semanas de descanso cuando tengamos un nuevo hijo.
- También amplía algunos permisos que ya existían. Por ejemplo, ahora tenemos derecho a cinco días de descanso pagado cada año para cuidar a un familiar. Además, en caso de situaciones imprevistas y graves, podremos tomar hasta cuatro días de descanso.
- Finalmente, la ley ahora reconoce a las parejas de hecho de la misma manera que a los cónyuges casados en lo que respecta a estos derechos y beneficios. Esto significa que si vives con tu pareja, pero no están casados oficialmente, todavía puedes acceder a estos beneficios.
Modificaciones importantes de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
Nuevo apartado 6 al artículo 8, con la siguiente redacción:
«6. La Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios podrá celebrar sesiones, deliberar y aprobar actas a distancia por medios electrónicos, siempre que los miembros participantes se encuentren en territorio español y quede acreditada su identidad. Asimismo, se deberá asegurar la comunicación entre ellos en tiempo real durante la sesión, disponiéndose los medios necesarios para garantizar el carácter secreto o reservado de sus deliberaciones.» HASTA AHORA, ESTO FORMABA PARTE DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL 3º (pero se indicaba que se podía hacer con carácter excepcional).
Dicha disposición ha sufrido el siguiente cambio: Se ha eliminado la mención a «la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios» como uno de los grupos que pueden celebrar sesiones, adoptar acuerdos y aprobar actas a distancia por medios electrónicos en situaciones excepcionales.
- Antes: «…el Consejo de Ministros, las Comisiones Delegadas del Gobierno y la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios puedan celebrar sesiones…»
- Después: «…el Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno puedan celebrar sesiones…»
Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Se modifican la letra a) e i) del artículo 48.
En el apartado ‘a)’, se han reorganizado y ampliado las condiciones para el permiso en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario. Ahora incluye no solo al cónyuge y parientes hasta el primer grado, sino también a la pareja de hecho y cualquier otra persona que conviva con el funcionario o funcionaria y que requiera su cuidado. Se ha eliminado la especificación de días hábiles dependiendo de la localidad y se han añadido las condiciones para el permiso en caso de fallecimiento.
- Antes: «Por fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario, de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad.»
- Después: «Por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el primer grado por consanguinidad o afinidad, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores que conviva con el funcionario o funcionaria en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella, cinco días.»
En el apartado ‘i)’, se ha eliminado la referencia al cuidado de un familiar de primer grado por enfermedad muy grave, y en su lugar se ha introducido una cláusula que otorga un permiso de quince días por matrimonio, registro o constitución formalizada por documento público de pareja de hecho.
- Antes: «Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado, el funcionario tendrá derecho a solicitar una reducción de hasta el cincuenta por ciento de la jornada laboral, con carácter retribuido, por razones de enfermedad muy grave y por el plazo máximo de un mes.»
- Después: «Por matrimonio o registro o constitución formalizada por documento público de pareja de hecho, quince días.»
Se añade una nueva letra g) al artículo 49, que queda redactada en los siguientes términos:
g) Permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años: tendrá una duración no superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan y conforme a los términos que reglamentariamente se establezcan.
Cuando concurran en ambas personas progenitoras, adoptantes, o acogedoras, por el mismo sujeto y hecho causante, las circunstancias necesarias para tener derecho a este permiso en los que el disfrute del permiso parental en el período solicitado altere seriamente el correcto funcionamiento de la unidad de la administración en la que ambas presten servicios, ésta podrá aplazar la concesión del permiso por un período razonable, justificándolo por escrito y después de haber ofrecido una alternativa de disfrute más flexible. A efectos de lo dispuesto en este apartado, el término de madre biológica incluye también a las personas trans gestantes.
Esto, «traducido», significa que si ambas personas que son padres, adoptantes o acogedores tienen derecho a tomar un permiso parental al mismo tiempo para el mismo hijo y esto puede causar problemas en el funcionamiento de la oficina o departamento donde trabajan, la administración puede retrasar ese permiso por un tiempo razonable.
Deben explicar por escrito por qué se toma esta decisión y ofrecer una opción alternativa más flexible para usar el permiso. En este contexto, el término «madre biológica» también incluye a las personas trans que están embarazadas.
Deja una respuesta