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En este programa especial analizamos la nueva convocatoria, recién publicada este viernes 18 de noviembre de 2022. Te contamos novedades, cambios y mucho más.
Por fin tenemos la ansiada convocatoria que tanto se ha hecho de rogar con muchas novedades; unas esperadas y otras que han sorprendido tanto a opositores como a las academias. Se cumple la palabra del Ministro del Interior anunciando la retirada de la prueba de ortografía excluyente, añadiendo un tema extra referido a esta parte y formará parte de la prueba de conocimientos.
¡Veamos qué nos depara esta convocatoria!
Número de plazas. Sistema de provisión.
Se convocan 2.456 plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional.
Del total de 2.456 plazas autorizadas para ingreso por oposición libre en la Escala Básica de la Policía Nacional, se reservan 491 para militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios como tales.
Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería que no sean cubiertas se acumularán a las 1965.
El tribunal no podrá aprobar un número de opositores/as superior al de plazas convocadas.
En el supuesto de que el número de opositores/as que superen todas las pruebas de la fase de oposición sea superior al número de plazas convocadas, los criterios de prelación para declarar aptos/as a unos/as y no aptos a otros/as serán los siguientes:
1.º Mayor puntuación obtenida en la segunda prueba (conocimientos).
2.º Mayor puntuación obtenida en la primera prueba (aptitud física).
3.º Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la primera prueba y, en caso de persistir el empate, se irá aplicando sucesivamente la mayor puntuación obtenida en los ejercicios segundo y tercero de la primera prueba hasta deshacer el empate.
Requisitos de las personas aspirantes a Policía Nacional Escala Básica
Para ser admitido/a a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
- Tener la nacionalidad española.
- Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación en la Policía Nacional.
- No haber sido condenado o condenada por delito doloso, grave o menos grave, ni separado del servicio de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- No hallarse incluido/a en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las funciones propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional aprobado por Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, recogido en el anexo IV.
- No consumir drogas tóxicas, sustancias psicotrópicas o estupefacientes contemplados en la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y en sus posteriores modificaciones, salvo prescripción facultativa previa.
- Prestar compromiso, mediante declaración de la persona solicitante, de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
- Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
- Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.
Plazo para solicitud de admisión. Liquidación de las tasas de examen
El plazo para la solicitud es de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de el «Boletín Oficial del Estado», osea, desde el lunes 21 de noviembre. El plazo finalizará el día 13 de diciembre, martes.
Admisión de aspirantes: lista de personas admitidas
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de la Policía publicará, en el «Boletín Oficial del Estado», la resolución por la que se aprueba la lista de personas admitidas y excluidas del proceso, si bien únicamente incluirá relación de las personas aspirantes excluidas expresando la causa o causas de exclusión.
La relación de persona aspirantes admitidas y las excluidas se harán públicas en las siguientes páginas web:
– https://www.policia.es
– https://www.administracion.gob.es
– https://www.interior.gob.es
La lista de personas admitidas contendrá: los datos personales; las sedes de examen designadas por cada aspirante para la realización de la primera y segunda prueba; el idioma elegido.
Reclamaciones
Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha resolución en el BOE.
Fase de oposición
Pruebas
Primera prueba (aptitud física)
- La calificación de cada ejercicio será de cero a diez puntos, según lo establecido en dicho anexo, teniendo en cuenta que la obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación de la persona aspirante.
- La calificación de la prueba será la media de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar.
- Cuando lo estime pertinente y de forma aleatoria, el tribunal calificador podrá realizar pruebas de consumo de sustancias o grupos farmacológicos prohibidos, de estimulantes o cualquier tipo de dopaje.
- Por razones de seguridad no se permitirá el acceso de público tanto a las pruebas en pabellón como al aire libre y tampoco se permitirá grabación por medio audiovisual alguno al poder afectar a la seguridad, al derecho a la intimidad personal y la propia imagen de las personas intervinientes.
- Para la realización de la prueba, el personal opositor deberá presentarse provisto de atuendo deportivo y entregar al tribunal un certificado médico, en el que se haga constar que reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión de la persona aspirante del proceso selectivo.
Ver toda la información de las pruebas físicas a Policía Nacional
Calculadora de pruebas físicas
Segunda prueba (conocimientos)
- La prueba consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos, a un cuestionario de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de las que solo una es verdadera, relacionadas con el temario que figura como anexo II a la presente convocatoria.
En la corrección se utilizará la fórmula: [A–E/(n–1)]*10/P, siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores, «n» el número de alternativas de respuesta y «P» el número total de preguntas. - Se calificará de cero a diez puntos. Únicamente serán seleccionadas para continuar
en el proceso las personas aspirantes que hayan obtenido las mejores calificaciones,
hasta llegar a 1,5 aspirantes por cada una de las 1965 plazas convocadas no reservadas
para los militares profesionales de tropa y marinería. - Si hubiere varios opositores u opositoras con igual puntuación a la que determina el
número máximo de aspirantes señalado en el párrafo anterior, quedarán todos admitidos,
aunque se supere el límite indicado. - Respecto de la reserva de plazas a que se refiere el artículo 8.2 del Reglamento de
procesos selectivos, será tenida en cuenta, como nota de corte para la superación de esta prueba, la obtenida por la última persona aspirante que hubiera sido declarada apta en esta misma prueba respecto a las plazas no reservadas para militares profesionales de tropa y marinería.
Calculadora de notas para la prueba de conocimientos
Tercera prueba. Constará de tres partes eliminatorias:
6.1.3.a) Reconocimiento médico.
Dirigido a comprobar que no concurren en la persona aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.
La realización de esta parte implica el consentimiento expreso de las personas aspirantes para que los resultados del reconocimiento médico sean puestos a disposición del tribunal calificador. La negativa a su realización comportará la exclusión y la pérdida de toda expectativa de ingreso derivada del proceso selectivo que se convoca mediante la presente resolución.
Durante la realización de la prueba se podrán requerir del opositor/a cuantos informes médicos considere el personal médico evaluador necesarios para constatar la no concurrencia de ninguna causa de exclusión del referido Real Decreto.
Las toxicomanías a las que se refiere el apartado d) (neurología y psiquiatría), del anexo que recoge el cuadro médico de exclusiones para ingreso en la Policía Nacional, se evaluarán atendiendo a las recomendaciones de la SOHT (Society of Hair Testing), que establece unas concentraciones mínimas, diferentes dependiendo del tipo de sustancia detectada, que evidencian un consumo habitual de las mismas.
La calificación de la parte a) será de «apto/a» o «no apto/a».
6.1.3.b) Entrevista personal.
De carácter profesional y personal, y con la finalidad de comprobar la idoneidad de cada aspirante tomando como referencia criterios que tienen incidencia directa en la función policial a desarrollar, será realizada por al menos una persona integrante del tribunal calificador y con el asesoramiento de los especialistas que se estimen necesarios. Las cuestiones que se planteen por el tribunal irán encaminadas a determinar la idoneidad de las personas aspirantes para el desarrollo futuro de las funciones policiales.
La entrevista se evaluará atendiendo a los resultados y conclusiones obtenidos exclusivamente durante su transcurso, sin perjuicio de que con anterioridad y a efectos de lograr la mayor utilidad de la misma, se pueda realizar tanto un cuestionario de información biográfica como pruebas de exploración del perfil de personalidad de la persona opositora, de modo que sirvan como información complementaria, apoyadas con un curriculum vitae y una vida laboral que se deberá aportar en la fecha de citación para la ejecución de la entrevista.
El cuestionario de información biográfica, de realizarse, contendrá datos y aspectos de la vida de la persona opositora, así como la opinión de la misma ante las cuestiones que se le planteen. El cuestionario dispondrá de instrucciones específicas de obligado cumplimiento, que les serán indicadas para su confección.
En ningún caso la evaluación del resultado de la entrevista vendrá condicionada o vinculada de modo exclusivo a las pruebas de personalidad, ya que constituyen un elemento previo para que el tribunal pueda orientar, si lo estima conveniente, el contenido de esta.
A efectos de valoración de la entrevista, el tribunal tomará en consideración los criterios: socialización, comunicación, orientación hacia las metas, características de la personalidad, observaciones clínicas y competencias profesionales. Su incidencia en la valoración final será motivadamente individualizada en aquellos casos que el opositor/a resulte declarado «no apto/a».
Para la calificación de la entrevista se otorgará a cada aspirante una puntuación inicial de seis puntos, uno por cada criterio. Para que un opositor/a sea considerado «apto/a» en la entrevista debe mantener la puntuación inicial de seis puntos. Si un aspirante es valorado negativamente en uno a varios criterios se le detraerán los puntos que correspondan a cada criterio de la puntuación inicialmente otorgada.
Un opositor será declarado «no apto/a» si al finalizar la entrevista obtiene una puntuación inferior a seis puntos. El desarrollo de la entrevista será objeto de grabación. La calificación de la parte b) será de «apto/a» o «no apto/a».
6.1.3.c) Test psicotécnico.
Consistirá en la realización de uno o varios test dirigidos a determinar las aptitudes (inteligencia general) de la persona aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira. Para su calificación se utilizará la fórmula: [A–E/(n–1)]*10/P, siendo «A» el número de aciertos, «E» el de errores, «n» el número de alternativas de respuesta y «P» el número total de preguntas.
El resultado de los test psicotécnicos establecerá el orden descendente de notas, de mayor a menor, de los/as opositores/as. Se declararán aptos/as a un número de opositores/as igual al de plazas convocadas.
Impugnación de preguntas en las pruebas de conocimiento y test psicotécnicos
Las personas interesadas dispondrán de un plazo de dos días hábiles contados a partir del siguiente al de la correspondiente publicación, para impugnar cualquiera de las preguntas que integran los cuestionarios de conocimientos y psicotécnicos.
Las impugnaciones se deberán presentar al tribunal a través de la dirección del correo electrónico: secretariaprocesos.dfp@policia.es.
Ejercicio voluntario de idioma
Los opositores y opositoras podrán realizar con carácter voluntario, un ejercicio de conocimiento de los idiomas inglés o francés (solo uno de ellos), que podrá mejorar hasta dos puntos la nota final de la oposición.
Lugar de realización de las pruebas
Pruebas físicas
- Ávila.
- Castellón.
- Córdoba.
- Málaga.
- Murcia.
- Las Palmas de Gran Canaria.
- León.
- Madrid.
- Palma de Mallorca.
Solo las personas opositoras que tengan fijada su residencia en el plazo de admisión de instancias en las Islas Baleares o Canarias, podrán elegir como sede de examen las mismas, respectivamente.
Prueba de conocimientos
- Alicante.
- Ávila.
- Cáceres.
- Cádiz.
- Ciudad Real.
- Jaén.
- Las Palmas de Gran Canaria.
- León.
- Madrid.
- Málaga.
- Palma de Mallorca.
- Santa Cruz de Tenerife.
- Santiago de Compostela.
- Sevilla.
- Valencia.
- Zaragoza.
La segunda prueba, la parte c) de la tercera prueba (test psicotécnicos) y el ejercicio voluntario de idioma se realizarán en un acto único.
La primera prueba se iniciará en la fecha que señale esta Dirección mediante resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
La convocatoria para las siguientes pruebas se hará pública, con al menos veinticuatro horas de antelación a través de la página web http://www.policia.es. En la misma página web se expondrá al público cualquier comunicación del tribunal.
El orden de actuación ante los tribunales, cuando a ello haya lugar, será alfabético, comenzando por la letra «U»
Calificación final de la fase de oposición
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la segunda prueba (conocimientos) y en la primera prueba (aptitud física), incluida en aquella, en su caso, la puntuación alcanzada en el ejercicio voluntario de idioma.
Cuando, entre los candidatos a las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería (491) y a las plazas de oposición libre (1965), exista igualdad de puntuación, el orden de prelación se determinará atendiendo a los criterios siguientes:
1.º Mayor puntuación obtenida en la segunda prueba (conocimientos).
2.º Mayor puntuación obtenida en la primera prueba (aptitud física).
3.º Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la primera prueba
En caso de persistir el empate, se irá aplicando sucesivamente la mayor puntuación obtenida en los ejercicios segundo y tercero de la primera prueba hasta deshacer el empate.
Novedad en el temario: nuevo tema de ortografía
A partir de ahora, tendremos dos temas de ortografía, siendo éstos los temas 36/37.
Tema 36. Gramática de la lengua española. Morfología. Sufijos, sustantivos y pronombres. Adjetivos: sus grados y tipos. Los adverbios y sus tipos. Verbos: modos y conjugación. Preposiciones y conjunciones. Sintaxis. La oración: partes y tipos. Análisis sintáctico.
Tema 37. Ortografía de la lengua española. Reglas ortográficas. Uso de las letras o grafemas. Uso de la tilde, de los signos ortográficos y de las letras mayúsculas y minúsculas. Representación gráfica de las unidades léxicas. Ortografía de las expresiones procedentes de otras lenguas, de nombres propios y expresiones numéricas.
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