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Hoy nos vamos con la Orden de Interior INT/2573/2015 que nos indica cómo debe estar dispuesto todo en este tipo de vehículos que van a transportar a detenidos, presos y penados, según la distinción de vehículos de hasta 9 plazas y de más de 9 plazas.
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Especificaciones técnicas de los vehículos de hasta 9 plazas (categoría M1)
Salida de socorro.
Trampilla de evacuación ubicada en el techo o puerta de acceso trasera, destinada a ser utilizada como salida en caso de emergencia. Se instalarán ambos sistemas siempre que la configuración específica y operativa del vehículo lo permita.
Climatización.
Los vehículos irán provistos de climatización que permita mantener una temperatura aproximada en los distintos habitáculos entre 18 ºC y 28 ºC.
Existirá una renovación de aire en los compartimentos de, al menos, siete litros por segundo y por persona.
Alumbrado interior.
Cada habitáculo deberá disponer de alumbrado interior suficiente, sin que se produzcan deslumbramientos, ni molesten indebidamente a los demás usuarios de la vía pública. El alumbrado del habitáculo de detenidos, presos y penados debe estar protegido contra agresiones o manipulación, y debe disponer de una intensidad suficiente que permita visualizar todo el interior, tanto a través de la ventana del tabique o puerta de separación, como mediante las cámaras instaladas.
Compartimento de detenidos, presos y penados.
Estará separado del compartimento de conducción y vigilancia mediante una estructura con puerta, construida con materiales anti-vandálicos que podrán ser transparentes, para que permitan la visualización de la escolta hacia los detenidos, presos y penados, u opacos, en cuyo caso dispondrá de, al menos, una ventana no practicable.
Revestimiento interior.
Los laterales y el techo de este compartimento deben revestirse mediante materiales de suficiente resistencia.
El suelo de los vehículos, independientemente de los materiales que constituyan su estructura, deberá estar provisto de una chapa de acero que, como mínimo, cumpla con la norma UNE-108132:2002 con objeto de impedir el acceso de los detenidos, presos y penados al exterior.
Con la finalidad de facilitar la evacuación de líquidos y limpieza de este compartimento, el suelo debe ir provisto de varios orificios de desagüe de 1 centímetro de diámetro como mínimo, y con salida acodada al exterior.
Ventanas.
Este compartimento dispondrá, al menos, de dos ventanas laterales no practicables, provistas de oscurecimiento para dificultar la identificación visual desde el exterior, con resistencia anti-vandálica y que no pueda pasar una persona a través de ellas; en cualquier caso sus dimensiones mínimas serán de 12 centímetros en altura y 30 centímetros en longitud.
Asientos.
Los asientos de este compartimento deben estar constituidos por una estructura metálica, y recubiertos por un material rígido, resistente y fácilmente lavable con reposacabezas integrado del mismo material. Deben ir colocados en dirección de la marcha, con un sistema de retención homologado que se abra desde el puesto de vigilancia.
Maletero.
Si las dimensiones de los vehículos lo permiten, se dotará a los mismos de un maletero separado para el transporte de equipaje de los detenidos, presos y penados o equipo policial.
WC.
Los vehículos, dependiendo de las necesidades operativas y de sus características, cuando sean utilizados en distancias de largo recorrido, dispondrán de un habitáculo de dimensiones adecuadas destinado a urgencias fisiológicas que estará provisto de:
a) Puerta que dispondrá de una mirilla de material transparente e inastillable, debidamente protegida.
b) Un inodoro de acero inoxidable, desprovisto de aristas cortantes de tipo anti-vandálico.
c) Canalización blindada de entrada y salida de aguas residuales al depósito existente en el exterior de este compartimento. Su accionamiento de evacuación se realizará por mando ubicado en el compartimento de los efectivos de vigilancia.
d) Extractor-ventilador.
e) Desagüe para la evacuación de líquidos y limpieza situado en el suelo con salida acodada al exterior.
Sistemas electrónicos de vigilancia.
Estos vehículos deberán estar dotados de dispositivos electrónicos de visualización que permitan, en todo momento, a los efectivos encargados de la conducción y vigilancia la observación del habitáculo de detenidos, presos y penados. Dicha observación podrá controlarse visualmente mediante la utilización de cámaras, a través de una o más pantallas instaladas en el habitáculo de conducción y vigilancia. Este sistema de vigilancia grabará las imágenes en un dispositivo de almacenamiento con capacidad suficiente.
Puertas de servicio y salidas de socorro
Puertas de servicio.
Constituidas por las puertas de acceso ordinario al interior del vehículo, tanto a los habitáculos de vigilancia como de detenidos, presos y penados.
La puerta que dé acceso al habitáculo de detenidos, presos y penados, tendrá unas dimensiones mínimas de 80 centímetros de ancho por 160 centímetros de alto.
Salidas de socorro.
Dependiendo de la configuración, el vehículo deberá contar, al menos, con una salida de socorro de las definidas en el punto 2.4 de este anexo.
La superficie de abertura será de 40 centímetros cuadrados de forma que se pueda hacer pasar por el hueco de ventana un rectángulo de 45 centímetros de altura y 70 centímetros de anchura. Su apertura se accionará por mando situado en los compartimentos de los efectivos encargados de la conducción y vigilancia.
Extintores.
Los vehículos irán dotados de un extintor de polvo, de 6 kilogramos, situado de forma que sea fácilmente accesible a los miembros de la escolta.
Especificaciones técnicas de los vehículos con más de 9 plazas (categoría M-2 y M-3)
A diferencia de los anteriores, estos tienen un compartimento delantero, uno central y otro trasero.
Otra diferencia es que incluyen la definición de celdas: Habitáculos aislados destinados a ser ocupados por los detenidos, presos y penados. Y también de pasillo: Espacio que permite acceder a las celdas y a las salidas.
Climatización.
Los vehículos irán provistos de climatización que permita mantener una temperatura aproximada en los distintos habitáculos entre 18 ºC y 28 ºC.
Existirá una renovación de aire en los compartimentos de, al menos, siete litros/segundo/persona.
Alumbrado interior.
Cada habitáculo deberá disponer de alumbrado interior suficiente, sin que se produzcan deslumbramientos, ni molesten indebidamente a los demás usuarios de la vía pública. El alumbrado del habitáculo de detenidos, presos y penados debe estar protegido contra agresiones o manipulación, y debe disponer de una intensidad suficiente que permita visualizar todo el interior, tanto a través de la mirilla de las puertas de las celdas y del pasillo, como mediante las cámaras instaladas.
Intercomunicador.
Los compartimentos delantero y trasero, ocupados por los efectivos encargados de la vigilancia, dispondrán de un intercomunicador que conecte ambos compartimentos.
Compartimento central.
Estará constituido por un pasillo y celdas a ambos lados. Estas serán aisladas, con capacidad para una o dos personas. Los materiales utilizados en su construcción, en la medida de lo posible, serán ignífugos.
Las celdas dispondrán de una ventana en sentido horizontal no practicable, protegida por rejilla metálica, sin visibilidad del exterior al interior, cuyas dimensiones no permitan el paso de una persona; en cualquier caso sus dimensiones mínimas serán de 12 centímetros en altura y 30 centímetros en longitud.
El suelo de los vehículos, independientemente de los materiales que constituyen su estructura, deberá estar provisto de una chapa de acero que, como mínimo, cumpla con la norma UNE-108132:2002 con objeto de impedir el acceso de los detenidos, presos y penados a la bodega del vehículo o al exterior.
Celdas.
Dimensiones mínimas:
Longitud: 90 centímetros.
Anchura: 60 centímetros.
Anchura: 100 centímetros.
Altura: 160 centímetros.
Puerta que será de la misma anchura que la del pasillo. Dispondrán de una mirilla de material transparente e inastillable, debidamente protegida. Su apertura estará centralizada y comandada desde los dos compartimentos de los efectivos de vigilancia.
Las celdas dispondrán de pulsador de aviso de emergencia. Además dispondrán de un intercomunicador y cámaras de visualización conectados con los compartimentos de los efectivos encargados de la conducción y vigilancia.
Desagüe: Con la finalidad de facilitar la evacuación de líquidos y limpieza de las celdas, el suelo debe ir provisto de un orificio de desagüe.
Asientos.
Los asientos de este compartimento deben estar constituidos por una estructura metálica, y recubiertos por un material rígido, resistente y fácilmente lavable. Deben ir colocados en el sentido de la marcha, con un sistema de retención homologado que se abra desde el puesto de vigilancia, y llevarán reposacabezas integrado del mismo material.
Dimensiones mínimas:
Anchura: 40 centímetros.
Profundidad: 35 centímetros.
Distancia del asiento al suelo: 35 centímetros.
Distancia desde el respaldo a la pared delantera: 70 centímetros.
Pasillo.
De una anchura mínima de 45 centímetros, dispondrá de dos puertas que aíslen el compartimento central de los compartimentos delantero y trasero; y con el fin de que permita la visibilidad en el pasillo por parte de los efectivos de vigilancia, parte de dichas puertas estarán dotadas de un material transparente e inastillable de dimensiones adecuadas.
WC.
Los vehículos dispondrán de un habitáculo de dimensiones adecuadas destinado a urgencias fisiológicas que estará provisto de:
a) Puerta que será de la misma anchura que la del pasillo. Dispondrán de una mirilla de material transparente e inastillable, debidamente protegida.
b) Un inodoro de acero inoxidable, desprovisto de aristas cortantes de tipo anti-vandálico.
c) Canalización blindada de entrada y salida de aguas residuales al depósito existente en el exterior de este compartimento. Su accionamiento de evacuación se realizará por mando ubicado en el compartimento de los efectivos de vigilancia.
d) Extractor-ventilador.
e) Desagüe para la evacuación de líquidos y limpieza situado en el suelo con salida acodada al exterior.
Sistemas electrónicos de vigilancia.
Estos vehículos deberán estar dotados de dispositivos electrónicos de visualización que permitan, en todo momento, a los efectivos encargados de la conducción y vigilancia la observación del habitáculo de detenidos, presos y penados. Dicha observación podrá controlarse visualmente mediante la utilización de cámaras, a través de una o más pantallas instalada/s en el habitáculo de conducción y vigilancia. Este sistema de vigilancia grabará las imágenes en un dispositivo de almacenamiento con capacidad suficiente.
Puertas de servicio, de socorro y trampilla de evacuación
Puertas de servicio.
Son las puertas de acceso de usuarios, que deberán estar ubicadas en los compartimentos delantero y trasero, en el lado derecho del vehículo según su sentido de la marcha.
Puerta de socorro.
Se considera como tal la de acceso directo del conductor, siempre que reúna los requisitos reglamentarios.
Trampillas de evacuación.
Irán colocadas en el techo de cada uno de los tres compartimentos. En el central la/s trampilla/s se instalará/n en el techo del pasillo.
La superficie de abertura será de 40 centímetros cuadrados de forma que se pueda hacer pasar por el hueco de ventana un rectángulo de 45 centímetros de altura y 70 centímetros de anchura. Su apertura se accionará por mando situado en los compartimentos de los efectivos encargados de la conducción y vigilancia.
Ventana de socorro.
La parte izquierda del compartimento delantero de escolta dispondrá de una ventana de socorro con unas dimensiones mínimas de 110 centímetros en el sentido de la marcha por 60 centímetros de alto.
Extintores
Los vehículos irán dotados de dos extintores de polvo de 12 kilogramos cada uno, situados de forma que sean fácilmente accesibles a los miembros de la escolta (uno en el compartimento delantero y otro en el trasero).
Preguntas oficiales
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Vídeos ilustrativos
Aquí os dejamos algunos vídeos de youtube que ilustran los traslados de presos en la ciudad de Madrid.
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