Instrucciones
Aquí tenéis un test de 25 preguntas de El Vehículo Prioritario. Incluye soluciones con la retroalimentación correspondiente.
Tiempo: 12,5 minutos.
Cuestionario
1. La señal luminosa de vehículo prioritario V-1 se instalará en:
a) A lo largo del perímetro de la zona más alta de la parte delantera, exclusivamente.
b) La opción a) es correcta, pero es de la parte trasera exclusivamente.
c) En la parte delantera del plano superior del vehículo, por encima de la luz más alta.
2. ¿Los vehículos adscritos al Cuerpo de Policía de una Comunidad Autónoma podrán utilizar placas de matrícula con una contraseña y numeración propias?
a) Si en todo caso.
b) Si, en el ámbito de su competencia, sin perjuicio de su matriculación ordinaria en la Jefatura de Tráfico correspondiente.
c) No.
3. Sobre la utilización de los carriles en función de la velocidad señalizada y de los reservados a determinados vehículos y a ciertas maniobras; ¿Cuál de los siguientes no utilizar los carriles reservados?
a) Vehículos de policía, aún no estando en servicio de urgencia.
b) Asistencia sanitaria en servicio de urgencia.
c) Los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de la vía.
4. ¿Qué tipo de infracción se da cuando un conductor de un vehículo prioritario en servicio de urgencia no hace uso de la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios?
a) Leve.
b) Grave.
c) Muy grave.
5. ¿Cómo debe actuar el conductor particular cuando un vehículo de policía, que manifiesta su presencia, se sitúa detrás de su vehículo y activa además un dispositivo de emisión de luz amarilla hacia adelante de forma intermitente o destellante?
a) El enunciado es incorrecto, el dispositivo de emisión es de luz azul, no amarilla.
b) El conductor de éste deberá detenerlo con las debidas precauciones en el lado derecho, delante del vehículo policial, en un lugar donde no genere mayores riesgos o molestias para el resto de los usuarios, y permanecerá en su interior.
c) El conductor de éste deberá detenerlo con las debidas precauciones en el lado izquierdo, delante del vehículo policial, en un lugar donde no genere mayores riesgos o molestias para el resto de los usuarios, y permanecerá en su interior.
6. A efectos del servicio al que se destinan los vehículos, que se anota en el permiso de circulación, los vehículos se clasifican con un código alfanumérico de tres caracteres, indicativo de dicho servicio, del siguiente modo:
a) 13. Policía: vehículo destinado a los servicios de policía, que se presten por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
b) 13. Policía: vehículo destinado a los servicios de policía, que se presten por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
c) C. Servicio particular: El vehículo se adscribe a una actividad privada de su titular.
7. Los vehículos de policía, además, podrán utilizar con carácter voluntario un sistema auxiliar constituido por dos fuentes luminosas (intermitentes o estroboscópicas), de color azul. ¿Dónde irán instalados estos sistemas auxiliares?
a) En el frontal del vehículo, por debajo de las luces de cruce.
b) Por encima de ellas en el caso de las motocicletas.
c) Ambas son correctas.
8. La señal V-3 estará constituida por una rotulación, reflectante o no, en los costados del vehículo, que incorpora la denominación del cuerpo policial y su imagen corporativa. Además de la señal descrita, podrá llevar:
a) Al menos, una línea de contorno longitudinal en material reflectante que se dispondrá por todo el perímetro del vehículo y en vehículos con M.M.A. menor o igual a 3.500 kg, la anchura será de 7 cm.
b) Al menos, una línea de contorno longitudinal en material reflectante que se dispondrá por todo el perímetro del vehículo y en vehículos con M.M.A. menor o igual a 3.500 kg, la anchura será de 5 cm.
c) Al menos, una línea de contorno longitudinal en material reflectante que se dispondrá por todo el perímetro del vehículo y en vehículos con M.M.A. menor o igual a 3.500 kg, la anchura será de 10 cm.
9. En ningún caso la señal luminosa V-1 afectará a la visibilidad del conductor, y deberá ser visible en todas las direcciones a una distancia:
a) Mínima de 100 metros.
b) Máxima de 50 metros.
c) Ambas son incorrectas.
10. Un Vehículo Policial Prioritario es:
a) Es el vehículo que goza de un derecho de preferencia o prioridad de paso en el cruce o encuentro con otros usuarios en la vía, especialmente con otros vehículos. Su preferencia o prioridad no está condicionada a que circulen en prestación de un servicio urgente y a que sus ocupantes adviertan de su presencia al resto de usuarios de la vía mediante la utilización simultánea de la señal luminosa (V-1) y señal acústica, si bien están obligados a suprimir esta última si no entraña peligro para los demás usuarios.
b) Es el vehículo que goza de un derecho de preferencia o prioridad de paso en el cruce o encuentro con otros usuarios en la vía, especialmente con otros vehículos. Su preferencia o prioridad está condicionada a que circulen en prestación de un servicio urgente y a que sus ocupantes adviertan de su presencia al resto de usuarios de la vía mediante la utilización simultánea de la señal luminosa (V-3) y señal acústica, si bien están obligados a suprimir esta última si no entraña peligro para los demás usuarios.
c) Es el vehículo que goza de un derecho de preferencia o prioridad de paso en el cruce o encuentro con otros usuarios en la vía, especialmente con otros vehículos. Su preferencia o prioridad está condicionada a que circulen en prestación de un servicio urgente y a que sus ocupantes adviertan de su presencia al resto de usuarios de la vía mediante la utilización simultánea de la señal luminosa (V-1) y señal acústica, si bien están obligados a suprimir esta última si no entraña peligro para los demás usuarios.
11. Conforme a la actual estructura de la Dirección General de la Policía, el control del efectivo mantenimiento de los vehículos es competencia, con carácter general, de:
a) División Económica y Técnica.
b) Los diferentes Jefes de Unidad.
c) División de Formación y Perfeccionamiento.
12. Cuando hablamos de V-7 nos referimos a:
a) Alumbrado indicador de libre. Indica que los autotaxis circulan en condiciones de ser alquilados
b) Vehículo lento. Indica que se trata de un vehículo de motor, o conjunto de vehículos, que, por construcción, no puede sobrepasar la velocidad de 40 kilómetros por hora.
c) Distintivo de nacionalidad española. Indica que el vehículo está matriculado en España.
13. ¿Quién autorizará la utilización de la señal V-1 en los vehículos policiales?
a) Dirección Provincial de Tráfico.
b) DGT.
c) Ninguna es correcta.
14. ¿Todo conductor de un vehículo policial, cualquiera que sea su escala o categoría de pertenencia deberá estar en posesión del correspondiente permiso de conducir del CNP?
a) Puede prescindir de el mismo en determinadas situaciones.
b) No, nunca.
c) No, salvo excepciones.
15. Se ha de dejar constancia del estado del vehículo y de las incidencias en:
a) En el Libro de Servicio de la Unidad.
b) En el Libro de Control de Dotación y Material de Vehículos.
c) Ambas son correctas.
16. Los conductores de los vehículos prioritarios:
a) bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las normas de los títulos II, III y IV, salvo las órdenes y señales de los agentes, que no son siempre de obligado cumplimiento.
b) Con carácter excepcional, cuando circulen por autopista o autovía en servicio urgente y no comprometan la seguridad de ningún usuario, dar media vuelta o marcha atrás, circular en sentido contrario al correspondiente a la calzada, siempre que lo hagan por el arcén, o penetrar en la mediana o en los pasos transversales de ésta
c) Ambas son correctas.
17. El chaleco reflectante de alta visibilidad, ¿es un equipo de protección individual y de dotación del vehículo?
a) Si.
b) Es un equipo de protección individual, pero no forma parte del equipo de dotación del vehículo.
b) Forma parte del equipo de dotación del vehículo, pero es integrante del equipo de protección individual.
18. Tendrán el carácter de prioritario: (señala la incorrecta):
a) Vehículos de protección civil.
b) Vehículos de salvamento.
c) Ambas son correctas.
19. ¿Cuándo no entraña peligro para los demás usuarios el conductor del Vehículo Policial Prioritario está obligado a suprimir la señal acústica y usar exclusivamente la señal V-1?
a) No está obligado.
b) Si.
c) Sólo en determinados casos.
20. Como norma general, los agentes de la autoridad responsable del tráfico utilizarán las siguientes señales:
a) Balanceo de una luz azul o amarilla: obliga a detenerse a los usuarios de la vía hacia los que el agente dirija la luz.
b) Brazo extendido moviéndolo alternativamente de arriba abajo: esta señal obliga a disminuir la velocidad de su vehículo a los conductores que se acerquen al agente por el lado correspondiente al brazo que ejecuta la señal y perpendicularmente a dicho brazo
c) Brazo o brazos extendidos horizontalmente: obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen al agente, salvo a los conductores que no puedan hacerlo en condiciones de seguridad suficiente. Si esta señal se efectúa en una intersección, no obligará a detenerse a los conductores que hayan entrado ya en ella.
21. En el Protocolo PAS, ¿qué significa la A?
a) Atender.
b) Avisar.
c) Anunciar.
22. ¿Quién está exento del uso del cinturón de seguridad del vehículo?
a) El conductor del vehículo en servicios de urgencia.
b) Los pasajeros del vehículo en servicios de urgencia.
c) Ambas son correctas.
23. Si, como consecuencia de circunstancias especialmente graves, el conductor de un vehículo no prioritario se viera forzado, sin poder recurrir a otro medio, a efectuar un servicio de los normalmente reservados a los prioritarios:
a) Procurará que los demás usuarios adviertan la especial situación en que circula, utilizando para ello el avisador acústico en forma constante y conectando la luz de emergencia, si se dispusiera de ella, o agitando un pañuelo o procedimiento similar.
b) La a) es correcta, y los conductores a que se refiere deberán respetar las normas de circulación, sobre todo en las intersecciones.
c) Procurará que los demás usuarios adviertan la especial situación en que circula, utilizando para ello el avisador acústico en forma intermitente y conectando la luz de emergencia, si se dispusiera de ella, o agitando un pañuelo o procedimiento similar.
24. La conducción policial convencional (patrullaje). Se efectuará cumpliendo la normativa genérica del Reglamento General de Circulación, extremando las máximas precauciones de seguridad y aplicando una conducción eficiente y preventiva que está ligada a tres principios básicos:
a) Anticipación, precaución y seguridad.
b) Visión, anticipación y espacio.
c) Visión, precaución y seguridad.
25. Si, como consecuencia de circunstancias especialmente graves, el conductor de un vehículo no prioritario se viera forzado, sin poder recurrir a otro medio, a efectuar un servicio de los normalmente reservados a los prioritarios y, a consecuencia de ello, no respeta las normas de circulación, ¿qué tipo de infracción sería?
a) Leve.
b) Grave.
c) Ambas son incorrectas.
Soluciones y retroalimentación
1. La señal luminosa de vehículo prioritario V-1 se instalará en:
a) A lo largo del perímetro de la zona más alta de la parte delantera, exclusivamente.
b) La opción a) es correcta, pero es de la parte trasera exclusivamente.
c) En la parte delantera del plano superior del vehículo, por encima de la luz más alta.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
3. La señal luminosa de vehículo prioritario V-1 estará constituida por un dispositivo luminoso, con una o varias luces, de color azul, homologadas conforme al Reglamento CEPE/ONU número 65.
Este dispositivo se instalará en la parte delantera del plano superior del vehículo, por encima de la luz más alta, o a lo largo del perímetro de la zona más alta de la parte delantera y trasera del vehículo.
2. ¿Los vehículos adscritos al Cuerpo de Policía de una Comunidad Autónoma podrán utilizar placas de matrícula con una contraseña y numeración propias?
a) Si en todo caso.
b) Si, en el ámbito de su competencia, sin perjuicio de su matriculación ordinaria en la Jefatura de Tráfico correspondiente.
c) No.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. Artículo 27.
5. Los vehículos adscritos al Cuerpo de Policía de una Comunidad Autónoma podrán utilizar, en el ámbito de la misma, placas de matrícula con una contraseña y numeración propias, sin perjuicio de su matriculación ordinaria en la Jefatura de Tráfico correspondiente.
3. Sobre la utilización de los carriles en función de la velocidad señalizada y de los reservados a determinados vehículos y a ciertas maniobras; ¿Cuál de los siguientes no utilizar los carriles reservados?
a) Vehículos de policía, aún no estando en servicio de urgencia.
b) Asistencia sanitaria en servicio de urgencia.
c) Los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de la vía.
Reglamento General de Circulación. Artículo 35.
c) Los vehículos de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento y asistencia sanitaria en servicio de urgencia, así como los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de la vía, podrán utilizar los carriles reservados.
4. ¿Qué tipo de infracción se da cuando un conductor de un vehículo prioritario en servicio de urgencia no hace uso de la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios?
a) Leve.
b) Grave.
c) Muy grave.
Reglamento General de Circulación. Artículo 68.
Los conductores de los vehículos prioritarios deberán utilizar la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios.
3. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.c) del texto articulado.
5. ¿Cómo debe actuar el conductor particular cuando un vehículo de policía, que manifiesta su presencia, se sitúa detrás de su vehículo y activa además un dispositivo de emisión de luz amarilla hacia adelante de forma intermitente o destellante?
a) El enunciado es incorrecto, el dispositivo de emisión es de luz azul, no amarilla.
b) El conductor de éste deberá detenerlo con las debidas precauciones en el lado derecho, delante del vehículo policial, en un lugar donde no genere mayores riesgos o molestias para el resto de los usuarios, y permanecerá en su interior.
c) El conductor de éste deberá detenerlo con las debidas precauciones en el lado izquierdo, delante del vehículo policial, en un lugar donde no genere mayores riesgos o molestias para el resto de los usuarios, y permanecerá en su interior.
Reglamento General de Circulación. Artículo 69.
Cuando un vehículo de policía que manifiesta su presencia según lo dispuesto en el artículo 68.2 se sitúa detrás de cualquier otro vehículo y activa además un dispositivo de emisión de luz amarilla hacia adelante de forma intermitente o destellante, el conductor de éste deberá detenerlo con las debidas precauciones en el lado derecho, delante del vehículo policial, en un lugar donde no genere mayores riesgos o molestias para el resto de los usuarios, y permanecerá en su interior. En todo momento el conductor ajustará su comportamiento a las instrucciones que imparta el agente a través de la megafonía o por cualquier otro medio que pueda ser percibido claramente por aquél.
6. A efectos del servicio al que se destinan los vehículos, que se anota en el permiso de circulación, los vehículos se clasifican con un código alfanumérico de tres caracteres, indicativo de dicho servicio, del siguiente modo:
a) 13. Policía: vehículo destinado a los servicios de policía, que se presten por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
b) 13. Policía: vehículo destinado a los servicios de policía, que se presten por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
c) C. Servicio particular: El vehículo se adscribe a una actividad privada de su titular.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
A efectos del servicio al que se destinan los vehículos, que se anota en el permiso de circulación, los vehículos se clasifican con un código alfanumérico de tres caracteres, indicativo de dicho servicio, del siguiente modo:
Carácter primero, constituido por una letra:
B. Servicio particular: El vehículo se adscribe a una actividad privada de su titular.
13. Policía: vehículo destinado a los servicios de policía, que se presten por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
7. Los vehículos de policía, además, podrán utilizar con carácter voluntario un sistema auxiliar constituido por dos fuentes luminosas (intermitentes o estroboscópicas), de color azul. ¿Dónde irán instalados estos sistemas auxiliares?
a) En el frontal del vehículo, por debajo de las luces de cruce.
b) Por encima de ellas en el caso de las motocicletas.
c) Ambas son correctas.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. V-1. VEHÍCULO PRIORITARIO.
4. Los vehículos de policía, además, podrán utilizar con carácter voluntario un sistema auxiliar constituido por dos fuentes luminosas (intermitentes o estroboscópicas), de color azul. Este sistema estará instalado en el frontal del vehículo, a la altura de las luces de cruce, o por encima de ellas en el caso de las motocicletas.
8. La señal V-3 estará constituida por una rotulación, reflectante o no, en los costados del vehículo, que incorpora la denominación del cuerpo policial y su imagen corporativa. Además de la señal descrita, podrá llevar:
a) Al menos, una línea de contorno longitudinal en material reflectante que se dispondrá por todo el perímetro del vehículo y en vehículos con M.M.A. menor o igual a 3.500 kg, la anchura será de 7 cm.
b) Al menos, una línea de contorno longitudinal en material reflectante que se dispondrá por todo el perímetro del vehículo y en vehículos con M.M.A. menor o igual a 3.500 kg, la anchura será de 5 cm.
c) Al menos, una línea de contorno longitudinal en material reflectante que se dispondrá por todo el perímetro del vehículo y en vehículos con M.M.A. menor o igual a 3.500 kg, la anchura será de 10 cm.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. V-3. VEHÍCULO DE POLICÍA.
1. Señaliza un vehículo de esta clase en servicio no urgente.
2. Estará constituida por una rotulación, reflectante o no, en los costados del vehículo, que incorpora la denominación del cuerpo policial y su imagen corporativa.
3. Además de la señal descrita en el número anterior, podrá llevar:
a) Al menos, una línea de contorno longitudinal en material reflectante que se dispondrá por todo el perímetro del vehículo, la cual cumplirá los requisitos especificados para el nivel 2 y será de las siguientes anchuras mínimas:
Vehículos con M.M.A. menor o igual a 3.500 kg: 7 cm.
Vehículos con M.M.A. mayor de 3.500 kg: 10 cm.
9. En ningún caso la señal luminosa V-1 afectará a la visibilidad del conductor, y deberá ser visible en todas las direcciones a una distancia:
a) Mínima de 100 metros.
b) Máxima de 50 metros.
c) Ambas son incorrectas.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. V-1. VEHÍCULO PRIORITARIO.
En ningún caso la señal luminosa V-1 afectará a la visibilidad del conductor, y deberá ser visible en todas las direcciones a una distancia mínima de 50 metros.
10. Un Vehículo Policial Prioritario es:
a) Es el vehículo que goza de un derecho de preferencia o prioridad de paso en el cruce o encuentro con otros usuarios en la vía, especialmente con otros vehículos. Su preferencia o prioridad no está condicionada a que circulen en prestación de un servicio urgente y a que sus ocupantes adviertan de su presencia al resto de usuarios de la vía mediante la utilización simultánea de la señal luminosa (V-1) y señal acústica, si bien están obligados a suprimir esta última si no entraña peligro para los demás usuarios.
b) Es el vehículo que goza de un derecho de preferencia o prioridad de paso en el cruce o encuentro con otros usuarios en la vía, especialmente con otros vehículos. Su preferencia o prioridad está condicionada a que circulen en prestación de un servicio urgente y a que sus ocupantes adviertan de su presencia al resto de usuarios de la vía mediante la utilización simultánea de la señal luminosa (V-3) y señal acústica, si bien están obligados a suprimir esta última si no entraña peligro para los demás usuarios.
c) Es el vehículo que goza de un derecho de preferencia o prioridad de paso en el cruce o encuentro con otros usuarios en la vía, especialmente con otros vehículos. Su preferencia o prioridad está condicionada a que circulen en prestación de un servicio urgente y a que sus ocupantes adviertan de su presencia al resto de usuarios de la vía mediante la utilización simultánea de la señal luminosa (V-1) y señal acústica, si bien están obligados a suprimir esta última si no entraña peligro para los demás usuarios.
INSTRUCCIÓN OPERATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS IOPR- 003
Vehículo Policial Prioritario: Vehículo Policial que goza de un derecho de preferencia o prioridad de paso en el cruce o encuentro con otros usuarios en la vía, especialmente con otros vehículos. Su preferencia o prioridad está condicionada a que circulen en prestación de un servicio urgente y a que sus ocupantes adviertan de su presencia al resto de usuarios de la vía mediante la utilización simultánea de la señal luminosa (V-1) y señal acústica, si bien están obligados a suprimir esta última si no entraña peligro para los demás usuarios.
11. Conforme a la actual estructura de la Dirección General de la Policía, el control del efectivo mantenimiento de los vehículos es competencia, con carácter general, de:
a) División Económica y Técnica.
b) Los diferentes Jefes de Unidad.
c) División de Formación y Perfeccionamiento.
INSTRUCCIÓN OPERATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS IOPR- 003
Conforme a la actual estructura de la Dirección General de la Policía, el control del efectivo mantenimiento de los vehículos es competencia, con carácter general, de la División Económica y Técnica (Área de Automoción) y con carácter específico, de los diferentes Jefes de Unidad en cuanto a los vehículos adscritos a su ámbito respectivo.
12. Cuando hablamos de V-7 nos referimos a:
a) Alumbrado indicador de libre. Indica que los autotaxis circulan en condiciones de ser alquilados
b) Vehículo lento. Indica que se trata de un vehículo de motor, o conjunto de vehículos, que, por construcción, no puede sobrepasar la velocidad de 40 kilómetros por hora.
c) Distintivo de nacionalidad española. Indica que el vehículo está matriculado en España.
Reglamento General de Circulación. Artículo 173.
V-7. Distintivo de nacionalidad española. Indica que el vehículo está matriculado en España.
13. ¿Quién autorizará la utilización de la señal V-1 en los vehículos policiales?
a) Dirección Provincial de Tráfico.
b) DGT.
c) Ninguna es correcta.
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
2. La utilización de la señal V-1 no requerirá autorización administrativa alguna, ya se encuentre instalado como elemento supletorio adicional o como elemento constructivo.
14. ¿Todo conductor de un vehículo policial, cualquiera que sea su escala o categoría de pertenencia deberá estar en posesión del correspondiente permiso de conducir del CNP?
a) Puede prescindir de el mismo en determinadas situaciones.
b) No, nunca.
c) No, salvo excepciones.
INSTRUCCIÓN OPERATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS IOPR- 003
Todo conductor de un vehículo policial, cualquiera que sea su escala o categoría de pertenencia, deberá actuar de acuerdo con las siguientes normas de uso:
a) Deberá estar en posesión del correspondiente permiso de conducir del CNP.
15. Se ha de dejar constancia del estado del vehículo y de las incidencias en:
a) En el Libro de Servicio de la Unidad.
b) En el Libro de Control de Dotación y Material de Vehículos.
c) Ambas son correctas.
INSTRUCCIÓN OPERATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS IOPR- 003
Se ha de dejar constancia del estado del vehículo y de las incidencias en el correspondiente “Libro de Servicio de la Unidad”, así como el “Libro de Control de Vehículos y Material de Dotación” correspondiente a cada uno de los vehículos policiales, acto que ha de llevarse a cabo por los propios conductores de los mismos tanto al inicio como en la finalización de la prestación del servicio
16. Los conductores de los vehículos prioritarios:
a) bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las normas de los títulos II, III y IV, salvo las órdenes y señales de los agentes, que no son siempre de obligado cumplimiento.
b) Con carácter excepcional, cuando circulen por autopista o autovía en servicio urgente y no comprometan la seguridad de ningún usuario, dar media vuelta o marcha atrás, circular en sentido contrario al correspondiente a la calzada, siempre que lo hagan por el arcén, o penetrar en la mediana o en los pasos transversales de ésta
c) Ambas son correctas.
Reglamento General de Circulación. Artículo 68
1. Los conductores de los vehículos prioritarios deberán observar los preceptos de este reglamento, si bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las normas de los títulos II, III y IV, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento.
Los conductores de dichos vehículos podrán igualmente, con carácter excepcional, cuando circulen por autopista o autovía en servicio urgente y no comprometan la seguridad de ningún usuario, dar media vuelta o marcha atrás, circular en sentido contrario al correspondiente a la calzada, siempre que lo hagan por el arcén, o penetrar en la mediana o en los pasos transversales de ésta.
17. El chaleco reflectante de alta visibilidad, ¿es un equipo de protección individual y de dotación del vehículo?
a) Si.
b) Es un equipo de protección individual, pero no forma parte del equipo de dotación del vehículo.
b) Forma parte del equipo de dotación del vehículo, pero es integrante del equipo de protección individual.
INSTRUCCIÓN OPERATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS IOPR- 003
d.- Uso del chaleco reflectante. El chaleco reflectante de alta visibilidad, es un equipo de protección individual y de dotación del vehículo, que se utilizará obligatoriamente cuando salgan del vehículo y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas.
18. Tendrán el carácter de prioritario: (señala la incorrecta):
a) Vehículos de protección civil.
b) Vehículos de salvamento.
c) Ambas son correctas.
Reglamento General de Circulación. Artículo 68
2. Tendrán el carácter de prioritarios los vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente y cuyos conductores adviertan de su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa, a que se refiere el artículo 173, y del aparato emisor de señales acústicas especiales, al que se refieren las normas reguladoras de los vehículos.
19. ¿Cuándo no entraña peligro para los demás usuarios el conductor del Vehículo Policial Prioritario está obligado a suprimir la señal acústica y usar exclusivamente la señal V-1?
a) No está obligado.
b) Si.
c) Sólo en determinados casos.
INSTRUCCIÓN OPERATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS IOPR- 003
Vehículo Policial Prioritario: Vehículo Policial que goza de un derecho de preferencia o prioridad de paso en el cruce o encuentro con otros usuarios en la vía, especialmente con otros vehículos. Su preferencia o prioridad está condicionada a que circulen en prestación de un servicio urgente y a que sus ocupantes adviertan de su presencia al resto de usuarios de la vía mediante la utilización simultánea de la señal luminosa (V-1) y señal acústica, si bien están obligados a suprimir esta última si no entraña peligro para los demás usuarios.
Ojo: hablamos de vehículo policial prioritario, no de un vehículo prioritario que recoge el Reglamento General de Vehículos.
20. Como norma general, los agentes de la autoridad responsable del tráfico utilizarán las siguientes señales:
a) Balanceo de una luz azul o amarilla: obliga a detenerse a los usuarios de la vía hacia los que el agente dirija la luz.
b) Brazo extendido moviéndolo alternativamente de arriba abajo: esta señal obliga a disminuir la velocidad de su vehículo a los conductores que se acerquen al agente por el lado correspondiente al brazo que ejecuta la señal y perpendicularmente a dicho brazo
c) Brazo o brazos extendidos horizontalmente: obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen al agente, salvo a los conductores que no puedan hacerlo en condiciones de seguridad suficiente. Si esta señal se efectúa en una intersección, no obligará a detenerse a los conductores que hayan entrado ya en ella.
Reglamento General de Circulación. Artículo 143.
Como norma general, los agentes de la autoridad responsable del tráfico utilizarán las siguientes señales:
a) Brazo levantado verticalmente: obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen al agente, salvo a los conductores que no puedan hacerlo en condiciones de seguridad suficiente. Si esta señal se efectúa en una intersección, no obligará a detenerse a los conductores que hayan entrado ya en ella.
La detención debe efectuarse ante la línea de detención más cercana o, en su defecto, inmediatamente antes del agente. En una intersección, la detención debe efectuarse antes de entrar en ella.
Con posterioridad a esta señal, el agente podrá indicar, en su caso, el lugar donde debe efectuarse la detención.
b) Brazo o brazos extendidos horizontalmente: obliga a detenerse a todos los usuarios de la vía que se acerquen al agente desde direcciones que corten la indicada por el brazo o los brazos extendidos y cualquiera que sea el sentido de su marcha. Esta señal permanece en vigor aunque el agente baje el brazo o los brazos, siempre que no cambie de posición o efectúe otra señal.
c) Balanceo de una luz roja o amarilla: obliga a detenerse a los usuarios de la vía hacia los que el agente dirija la luz.
d) Brazo extendido moviéndolo alternativamente de arriba abajo: esta señal obliga a disminuir la velocidad de su vehículo a los conductores que se acerquen al agente por el lado correspondiente al brazo que ejecuta la señal y perpendicularmente a dicho brazo.
21. En el Protocolo PAS, ¿qué significa la A?
a) Atender.
b) Avisar.
c) Anunciar.
El protocolo PAS responde a las siglas de tres palabras: Proteger, Avisar y Socorrer. Con esta formación se presenta cada una de las pautas y se dan consejos e instrucciones básicas muy necesarias de cara a reducir el número de muertes sobre el asfalto.
22. ¿Quién está exento del uso del cinturón de seguridad del vehículo?
a) El conductor del vehículo en servicios de urgencia.
b) Los pasajeros del vehículo en servicios de urgencia.
c) Ambas son correctas.
INSTRUCCIÓN OPERATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS IOPR- 003
Cinturón de seguridad: se ha de utilizar el cinturón u otro sistema de retención homologado, en todas las plazas del vehículo que dispongan del mismo. El Reglamento General de Circulación obliga a todos los usuarios de los vehículos al uso del cinturón de seguridad, con algunas exenciones que se citan el Art. 119 que afectan a los vehículos de urgencia, donde se señala: ….. “No obstante lo dispuesto en el artículo 117, podrán circular sin los cinturones u otros sistemas de retención homologados: cuando circulen en poblado, pero en ningún caso cuando lo hagan por autopistas, autovías o carreteras convencionales, a:…..c) Los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia”.
Esta exención, como el texto indica, afecta a los conductores de este tipo de vehículos tan solo cuando se encuentran circulando en servicio prioritario de urgencia
23. Si, como consecuencia de circunstancias especialmente graves, el conductor de un vehículo no prioritario se viera forzado, sin poder recurrir a otro medio, a efectuar un servicio de los normalmente reservados a los prioritarios:
a) Procurará que los demás usuarios adviertan la especial situación en que circula, utilizando para ello el avisador acústico en forma constante y conectando la luz de emergencia, si se dispusiera de ella, o agitando un pañuelo o procedimiento similar.
b) La a) es correcta, y los conductores a que se refiere deberán respetar las normas de circulación, sobre todo en las intersecciones.
c) Procurará que los demás usuarios adviertan la especial situación en que circula, utilizando para ello el avisador acústico en forma intermitente y conectando la luz de emergencia, si se dispusiera de ella, o agitando un pañuelo o procedimiento similar.
Reglamento General de Circulación
1. Si, como consecuencia de circunstancias especialmente graves, el conductor de un vehículo no prioritario se viera forzado, sin poder recurrir a otro medio, a efectuar un servicio de los normalmente reservados a los prioritarios, procurará que los demás usuarios adviertan la especial situación en que circula, utilizando para ello el avisador acústico en forma intermitente y conectando la luz de emergencia, si se dispusiera de ella, o agitando un pañuelo o procedimiento similar.
2. Los conductores a que se refiere el apartado anterior deberán respetar las normas de circulación, sobre todo en las intersecciones, y los demás usuarios de la vía darán cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 69.
24. La conducción policial convencional se efectuará cumpliendo la normativa genérica del Reglamento General de Circulación, extremando las máximas precauciones de seguridad y aplicando una conducción eficiente y preventiva que está ligada a tres principios básicos:
a) Anticipación, precaución y seguridad.
b) Visión, anticipación y espacio.
c) Visión, precaución y seguridad.
INSTRUCCIÓN OPERATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS IOPR- 003
La conducción policial convencional (patrullaje). Se efectuará cumpliendo la normativa genérica del Reglamento General de Circulación, extremando las máximas precauciones de seguridad y aplicando una conducción eficiente y preventiva que está ligada a tres principios básicos: visión, anticipación y espacio.
25. Si, como consecuencia de circunstancias especialmente graves, el conductor de un vehículo no prioritario se viera forzado, sin poder recurrir a otro medio, a efectuar un servicio de los normalmente reservados a los prioritarios y, a consecuencia de ello, no respeta las normas de circulación, ¿qué tipo de infracción sería?
a) Leve.
b) Grave.
c) Ambas son incorrectas.
Reglamento General de Circulación. Artículo 70
4. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.c) del texto articulado.
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