Suscríbete gratis al podcast: Suscríbete en Spotify
Esta semana, hablaremos de la Seguridad Nacional en España, la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional y La Estrategia de Seguridad Nacional 2021
A recordar
Un vehículo prioritario en servicio de urgencia puede circular en sentido contrario en una autopista siempre que lo haga por el arcén y nunca por la calzada.
El patrocinador del programa.
Este podcasts está patrocinado por EC-oposiciones.com
Si tenéis una prima, un hermano, vecina, o un cuñado que estudia oposiciones relacionadas con el mundo de la salud, puede interesare. Preparan entre otras cosas:
- Auxiliar de enfermería
- Enfermería
- Matrona
- Salud Mental
- Terapia Ocupacional
También podéis encontrarlo y seguirlo en Spotify: Preparación Oposiciones Sanidad
Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional
Índice de la ley
- Preámbulo.
- Título preliminar. Disposiciones generales.
- Título I. Órganos competentes de la Seguridad Nacional.
- Título II. Sistema de Seguridad Nacional.
- Título III. Gestión de crisis en el marco del Sistema de Seguridad Nacional.
- Título IV. Contribución de recursos a la Seguridad Nacional.
¿Qué es la Seguridad Nacional?
Se entenderá por Seguridad Nacional la acción del Estado dirigida a proteger la libertad, los derechos y bienestar de los ciudadanos, a garantizar la defensa de España y sus principios y valores constitucionales, así como a contribuir junto a nuestros socios y aliados a la seguridad internacional en el cumplimiento de los compromisos asumidos.
La Política de Seguridad Nacional es una política pública en la que bajo la dirección del Presidente del Gobierno y la responsabilidad del Gobierno, participan todas las Administraciones Públicas, de acuerdo con sus respectivas competencias, y la sociedad en general, para responder a las necesidades de la Seguridad Nacional.
Los principios básicos que orientarán la política de Seguridad Nacional son:
- Unidad de acción.
- Anticipación,.
- Prevención.
- Eficiencia.
- Sostenibilidad en el uso de los recursos.
- Capacidad de resistencia y recuperación.
- Coordinación y colaboración.
Cooperación con las Comunidades Autónomas
La cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas en las materias propias de esta ley, se realizará a través de la Conferencia Sectorial para asuntos de la Seguridad Nacional, todo ello sin perjuicio de las funciones asignadas al Consejo de Seguridad Nacional.
En particular, corresponderá a la Conferencia, como órgano de cooperación entre el Estado y las Comunidades Autónomas, el tratamiento y resolución con arreglo al principio de cooperación de aquellas cuestiones de interés común relacionadas con la Seguridad Nacional, como las siguientes:
a) Procedimientos técnicos para asegurar la recepción de la información sobre Seguridad Nacional de carácter general por parte de las Comunidades Autónomas, y la articulación de la información que éstas han de aportar al Estado.
b) Fórmulas de participación en los desarrollos normativos sobre Seguridad Nacional, mediante procedimientos internos que faciliten la aplicación de las actuaciones de la política de Seguridad Nacional, así como en la elaboración de los instrumentos de planificación que se prevea utilizar.
c) Problemas planteados en la ejecución de la política de Seguridad Nacional y el marco de las respectivas competencias estatutarias autonómicas.
La participación de las Ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla en los asuntos relacionados con la Seguridad Nacional también se articulará en la Conferencia, formando parte de la misma un representante de cada una de ellas.
Componentes fundamentales de la Seguridad Nacional
Se consideran componentes fundamentales de la Seguridad Nacional a los efectos de esta ley: la Defensa Nacional, la Seguridad Pública y la Acción Exterior, que se regulan por su normativa específica.
Los Servicios de Inteligencia e Información del Estado, de acuerdo con el ámbito de sus competencias, apoyarán permanentemente al Sistema de Seguridad Nacional, proporcionando elementos de juicio, información, análisis, estudios y propuestas necesarios para prevenir y detectar los riesgos y amenazas y contribuir a su neutralización.
Órganos competentes en materia de Seguridad Nacional
Son órganos competentes en materia de Seguridad Nacional:
a) Las Cortes Generales.
b) El Gobierno.
c) El Presidente del Gobierno.
d) Los Ministros.
e) El Consejo de Seguridad Nacional.
f) Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla.
Cortes Generales
Se designará en las Cortes Generales una Comisión Mixta Congreso-Senado de Seguridad Nacional, siguiendo para ello lo dispuesto en los reglamentos de las Cámaras, con el fin de que las Cámaras tengan la participación adecuada en los ámbitos de la Seguridad Nacional y dispongan de la más amplia información sobre las iniciativas en el marco de la política de Seguridad Nacional. En el seno de esta Comisión Mixta comparecerá anualmente el Gobierno, a través del representante que designe, para informar sobre la evolución de la Seguridad Nacional en dicho período de referencia.
Asimismo, en esta Comisión Mixta será presentada la Estrategia de Seguridad Nacional y sus revisiones.
EL Gobierno
Corresponde al Gobierno:
a) Establecer y dirigir la política de Seguridad Nacional y asegurar su ejecución.
b) Aprobar la Estrategia de Seguridad Nacional y sus revisiones mediante real decreto, en los términos previstos en esta ley.
c) Efectuar la Declaración de Recursos de Interés para la Seguridad Nacional en coordinación con las Comunidades Autónomas.
Presidente del Gobierno
Corresponde al Presidente del Gobierno:
a) Dirigir la política de Seguridad Nacional y el Sistema de Seguridad Nacional.
b) Proponer la Estrategia de Seguridad Nacional y sus revisiones.
c) Declarar la Situación de Interés para la Seguridad Nacional.
d) Ejercer las demás competencias que en el marco del Sistema de Seguridad Nacional le atribuya esta ley, y las demás normas legales y reglamentarias que sean de aplicación.
El Consejo de Seguridad Nacional
El Consejo de Seguridad Nacional, en su condición de Comisión Delegada del Gobierno para la Seguridad Nacional, es el órgano al que corresponde asistir al Presidente del Gobierno en la dirección de la política de Seguridad Nacional y del Sistema de Seguridad Nacional, así como ejercer las funciones que se le atribuyan por esta ley y se le asignen por su reglamento.
Estructura del Sistema de Seguridad Nacional
El Presidente del Gobierno dirige el Sistema asistido por el Consejo de Seguridad Nacional.
El Departamento de Seguridad Nacional ejercerá las funciones de Secretaría Técnica y órgano de trabajo permanente del Consejo de Seguridad Nacional y de sus órganos de apoyo, así como las demás funciones previstas en la normativa que le sea de aplicación.
Los órganos de apoyo del Consejo de Seguridad Nacional, con la denominación de Comités Especializados u otra que se determine, ejercen las funciones asignadas por el Consejo de Seguridad Nacional en los ámbitos de actuación previstos en la Estrategia de Seguridad Nacional, o cuando las circunstancias propias de la gestión de crisis lo precisen.
El Consejo de Seguridad Nacional
Estrategia de Seguridad Nacional 2021
El Consejo de Ministros aprobó, el 28 de diciembre, la nueva Estrategia de Seguridad Nacional 2021, que sustituye a la aprobada hace cuatro años.
Aunque la Ley de Seguridad Nacional establece la actualización del documento cada lustro, el Consejo de Seguridad Nacional acordó el año pasado renovarlo para adaptarlo a la nueva realidad de las amenazas. El contexto geopolítico actual, la pandemia del COVID-19, las amenazas híbridas, la transformación o la transición ecológica son algunos de los retos que han motivado el cambio.
Estructura de la Estrategia de Seguridad Nacional 2021
La nueva Estrategia de Seguridad Nacional 2021 está dividida en cinco capítulos.
- El primero de ellos analiza el contexto internacional de seguridad e identifica la pandemia del COVID-19 como un factor de aceleración de las principales dinámicas globales que afectan a la seguridad.
- El segundo capítulo elabora un perfil de la situación de España y su seguridad. Desde su identificación como país de condición europea, mediterránea y atlántica, realiza un recorrido geográfico por diferentes regiones de interés para el país desde la perspectiva de la seguridad nacional.
- El tercer capítulo recoge los riesgos y las amenazas a la seguridad nacional. La principal actualización del documento en lo referido al mapa de riesgos son las campañas de desinformación. Asimismo, la tecnología y las estrategias híbridas aparecen reflejadas como elementos transversales al conjunto de riesgos y amenazas a la seguridad nacional.
- El capítulo cuarto establece tres objetivos prioritarios para España en materia de seguridad nacional. El primero es avanzar en la gestión de crisis; el segundo, favorecer la dimensión de la seguridad de las capacidades tecnológicas y los sectores estratégicos; y el tercero, desarrollar la capacidad preventiva, de detección y respuesta frente a las estrategias híbridas.
- El quinto capítulo está dedicado a la gestión de crisis en el marco del Sistema de Seguridad Nacional. En este sentido, las acciones están orientadas hacia la resiliencia, incluyendo una progresión desde una situación de normalidad hasta la recuperación después de una situación de crisis.
Estrategia de Seguridad nacional, ¿obsoleta?
En poco más de dos meses, la Estrategia de Seguridad Nacional aprobada por el Gobierno ha quedado obsoleta. La agresión de Rusia a Ucrania ha dejado tocado el texto publicado en el BOE el pasado 28 de diciembre, donde no se contemplaba un escenario como el actual. En el documento de 114 páginas apenas se cita a Rusia y no figura como un riesgo importante ni mucho menos inminente.
Ucrania no aparece citada ni una vez, a pesar de que albergaba el único conflicto vivo en Europa, desde 2014 en la región del Donbás. Y tampoco lo hace Bielorrusia, pieza clave de la invasión rusa y donde en 2020 el régimen de Alexander Lukashenko reprimió con dureza a la oposición en el marco de las elecciones.
Rusia aparece en el documento dos veces. La primera, en el análisis de las amenazas globales, cuando se señala que «Rusia se ha esforzado en los últimos años por lograr una posición de mayor liderazgo en la escena internacional» y se constata «la política expansionista» del país.
En la parte específica sobre España, se introduce a Rusia dentro de los desafíos a los que se tiene que enfrentar la Unión Europea: «En el flanco oriental, la posición cada vez más asertiva de Rusia ha tensionado sus relaciones con la UE, que además ha constatado el desafío que suponen algunas de las acciones procedentes de ese país, tanto militares como híbridas».
Lo cierto es que la invasión rusa va a obligar a una revisión de las estrategias de seguridad de los países occidentales, especialmente en Europa. La inteligencia estadounidense manejaba información de que Rusia planeaba una agresión y los movimientos de los últimos años de Vladimir Putin han derivado en una guerra en Europa, circunstancias que ningún país podrá ignorar.
Algunos países ya han anunciado una revisión de sus políticas, como por ejemplo Alemania, que ha anticipado un incremento inmediato del gasto militar y un rearme a largo plazo como consecuencia directa de la agresión militar rusa. Igualmente, la UE ha manifestado su voluntad de avanzar en una seguridad europea propia.
Fuentes
- Moncloa no previó una agresión rusa así en la estrategia de seguridad aprobada hace dos meses
- Pedro Sánchez advierte a Rusia: «España se desvivirá por el restablecimiento de la paz» (antena3.com)
- Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional.
- El CNI apunta a Rusia: «España está sufriendo ciberataques de peligrosidad crítica»
- Estrategia de Seguridad Nacional – Ministerio de Defensa de España
Deja una respuesta